Respuesta
Son pagos provisionales mensuales que corresponden a anticipos del pago anual. Estos pagos provisionales son equivalentes al 75% del total del beneficio; el 25% restante, se paga en la reliquidación anual.
IMPORTANTE: Producto de la reliquidación anual del beneficio, si escogiste la modalidad de pago mensual, puedes estar sujeto a tener que devolver dineros recibidos en exceso.