El trabajador que ha cumplido 65 años si es hombre, o 60 años si es mujer ¿está obligado a seguir cotizando en la AFP a la cual se encuentra afiliado?

Respuesta

No. Si una persona afiliada supera esas edades o ya recibe pensión de vejez o invalidez total, y continúa trabajando como dependiente, solo debe pagar la cotización de salud (7%). Está exenta de cotizar para pensiones y sobrevivencia, salvo que decida voluntariamente seguir cotizando.