La Unidad de Evaluación informa que el Servicio dispone de un plazo de 7 días hábiles para resolver (aprobación u observación) sobre esta solicitud a contar de la fecha de ingreso.
Ingresa una ficha de atención ciudadana indicando el RUT del OTEC, Numero (ID) de solicitud que presenta problemas y el nombre y correo electrónico del diseñador instruccional o encargado de diseñar los contenidos de los cursos.
Pierde automáticamente su inscripción en el Registro Nacional de OTEC y su calidad de organismo capacitador, según lo establecido en el artículo 21 de la Ley.
Debe realizar las mejoras indicadas en la plataforma SOLICURSO y reingresar la solicitud, que será revisada nuevamente por el mismo evaluador asignado.
Debe incluir al menos un criterio de evaluación por aprendizaje esperado, definir el tipo de instrumento y su descripción, y establecer el estándar de medición (porcentaje, nota o concepto).
Para cada facilitador se deben registrar obligatoriamente su categoría, su experiencia profesional y docente, así como los costos asociados a su participación en el curso.
Permite la inscripción de cursos previamente aprobados por el Servicio, los cuales pueden ser financiados mediante franquicia tributaria. La inscripción tiene una vigencia de 4 años.
El OTEC debe corregir las observaciones señaladas por el evaluador y reingresar la solicitud a través del sistema. La evaluación será realizada por el mismo evaluador asignado originalmente.