Subsidio al Empleo Joven (SEJ)

Respuesta

Para renunciar por tus personas trabajadoras de SEJ y/o BTM, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar a los programas por ciertas personas trabajadoras. En la solicitud, debes adjuntar la carta de renuncia (según formato establecido, ingresa aquí), que debe estar suscrita y firmada por el Representante Legal de la empresa. 

Una vez que se haga efectiva la renuncia, la empresa dejará de ser beneficiaria por las personas trabajadoras renunciadas. 

Respuesta

En caso de que ya seas persona beneficiaria del Subsidio al Empleo Joven, no hay problemas en que tu empleador te postule y califiques para el Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas. No obstante, mensualmente se revisarán tus antecedentes y si eres persona beneficiaria para este último, recibirás pago por el Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas y el pago por SEJ quedará suspendido. De lo contrario, se validarán tus requisitos del subsidio y se pagará el Subsidio al Empleo Joven. 

Para más información del Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas, visita la página web 

Respuesta

Para solicitar montos de una persona beneficiaria fallecida del SEJ, se debe ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano en donde se debe indicar que se requiere gestionar el monto disponible de la persona beneficiaria fallecida y el año respectivo del beneficio. En esta instancia, se debe adjuntar la carta de solicitud de re-emisión (volver a solicitar la emisión del pago), de acuerdo con el formato establecido ingresa aquí, certificado de defunción de la persona beneficiaria fallecida copia del certificado de Posesión Efectiva y copia simple de la cédula de identidad del solicitante. 

En caso de ser más de una persona heredera legal, se debe adjuntar, adicionalmente, un Poder Simple que faculte a una persona beneficiaria para recibir el pago mediante depósito (según formato establecido, ingresa aquí). Los datos bancarios informados en el Poder Simple deben ser los mismos que los detallados en la carta. Una vez recibida la solicitud, se analizará el caso para su resolución. 

Respuesta

Para renunciar al Subsidio al Empleo Joven, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar al programa. En la solicitud, debes adjuntar la carta de renuncia (según formato establecido, ingresa aquí) y fotocopia por ambos lados de tu cédula de identidad. 

Una vez que se haga efectiva la renuncia, dejas de ser persona beneficiaria del subsidio. No obstante, producto del proceso de liquidación y reliquidación del pago anual respectivo, queda pendiente el último pago que podrías recibir, dependiendo de si cumples los requisitos o no.” 

Respuesta

Si además de ser persona beneficiaria del SEJ, postulaste y calificaste para el Ingreso Mínimo Garantizado, recibirás mensualmente el pago por este último siempre que cumplas mes a mes con los requisitos. 

Si un mes no cumples con lo establecido para recibir el IMG, se revisarán los requisitos de pago de SEJ, procediendo a pagar si corresponde. Sin embargo, en el proceso de pago anual del Subsidio al Empleo Joven, se sumarán todos los montos que recibiste por IMG en el año calendario y, si esa suma total es menor al monto que hubieses recibido por concepto de pago anual del SEJ, se te pagará la diferencia. 

Ejemplo; la suma total que recibiste por IMG en el año 2022 fue de $200.000 y el monto por pago anual del SEJ, realizado en el 2023, es de $240.000, recibirás un pago de $40.000 en el anual. 

En caso de que la suma total de los montos del año calendario del IMG es mayor al monto del pago anual de SEJ, no recibirás pago por diferencia. 

Para más información del Ingreso Mínimo Garantizado, visita la página web https://www.ingresominimo.cl/